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MITOS Y VERDADES SOBRE LOS SEGUROS TRAS UN ACCIDENTE: QUÉ CUBRE LA PÓLIZA Y QUÉ NO

El abogado Héctor Sagasti aclaró algunos de los mitos más frecuentes sobre la cobertura de los seguros en accidentes de tránsito y explicó que no toda infracción cometida por una de las partes implica automáticamente la pérdida del derecho a reclamar una indemnización.

Como ejemplo, mencionó un reciente fallo judicial en el que una menor de 14 años que manipulaba una motocicleta fue atropellada por un automóvil. La aseguradora intentó rechazar la cobertura argumentando que la adolescente no tenía edad para conducir, pero la Justicia entendió que esa circunstancia no había sido la causa del accidente y ordenó indemnizar a la familia.

“El hecho de que la persona estuviera en infracción no significa, por sí solo, que la compañía de seguros pueda negar la cobertura. Hay que analizar si esa infracción tuvo incidencia directa en la producción del siniestro”, explicó Sagasti.

La importancia de la relación entre la infracción y el accidente

El especialista señaló que cada caso debe analizarse de manera particular. Por ejemplo, circular sin casco constituye una infracción administrativa, pero si el motociclista sufre una fractura en una pierna, esa falta no influyó en la lesión y puede reclamar la indemnización correspondiente.

En cambio, si el daño se produce en la cabeza, la ausencia del casco sí puede ser considerada un factor que agravó las consecuencias del accidente.

Lo mismo ocurre con la licencia de conducir vencida. Sagasti explicó que tener el carnet vencido no implica automáticamente perder la cobertura del seguro, ya que se trata de una infracción administrativa. Distinta es la situación de quien nunca obtuvo licencia, ya que allí puede discutirse si estaba habilitado para conducir.

Choques desde atrás: quién tiene la responsabilidad

Otro de los temas abordados fue el clásico choque por alcance. En estos casos, el abogado recordó que la responsabilidad, en principio, recae sobre el conductor que impacta desde atrás.

“La ley obliga a mantener una distancia prudente con el vehículo que circula adelante justamente para poder frenar ante una maniobra imprevista”, indicó.

Asimismo, explicó que el seguro obligatorio de responsabilidad civil cubre los daños ocasionados a terceros, mientras que los daños del propio vehículo solo están contemplados cuando el propietario cuenta con una póliza contra todo riesgo.

Atención con los vehículos de aplicaciones

Sagasti también advirtió sobre una situación frecuente en los vehículos utilizados para aplicaciones de transporte.

Explicó que el automóvil debe estar asegurado específicamente para el traslado de pasajeros. Si el propietario declaró ante la aseguradora que el vehículo era de uso particular, la compañía podría rechazar la cobertura en caso de un accidente mientras prestaba ese servicio.

“No solamente queda desprotegido el conductor, sino también los pasajeros y terceros que puedan resultar afectados”, remarcó.

Qué hacer inmediatamente después de un accidente

Finalmente, el abogado recordó que uno de los pasos más importantes es realizar la denuncia dentro de las 72 horas hábiles tanto en la propia aseguradora como en la compañía del otro vehículo involucrado.

Además, recomendó:

  • Reunir los datos completos de todos los conductores y vehículos involucrados.
  • Fotografiar los daños, la escena del accidente y las condiciones del lugar.
  • Registrar el funcionamiento de semáforos, el estado del tránsito y las condiciones climáticas.
  • Obtener, si es posible, los datos de eventuales testigos.

Según explicó, toda esa información puede resultar fundamental si posteriormente el reclamo debe resolverse en sede judicial. “La mayoría de los juicios se definen por la prueba que pueda aportarse”, concluyó.

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