El Gobierno nacional amplió la emisión de títulos públicos por un valor efectivo total de $221.119,5 millones para cancelar deudas pendientes con contratistas de obras públicas. La medida alcanza obligaciones acumuladas entre 2022 y 2025, además de deudas derivadas de contratos extinguidos desde 2024.
La decisión fue establecida mediante la Resolución Conjunta 59/2026 de las secretarías de Finanzas y Hacienda, publicada este martes en el Boletín Oficial, en el marco del Régimen Simplificado de Extinción de Obligaciones de Contratos de Obra Pública.
La cancelación de las obligaciones no se realizará mediante un pago directo en efectivo. En su lugar, los contratistas recibirán una canasta de tres títulos públicos en pesos, con vencimientos entre octubre de 2026 y abril de 2027.
QUÉ DEUDAS QUEDAN ALCANZADAS
El régimen contempla obligaciones vinculadas con certificados de obra, acopio de materiales y redeterminaciones de precios acumuladas entre el 1° de enero de 2022 y el 31 de diciembre de 2025.
También incluye deudas correspondientes a contratos de obra pública que fueron extinguidos a partir de 2024.
Las empresas contratistas tuvieron plazo hasta mediados de agosto para adherir al mecanismo. Los títulos emitidos estarán destinados a atender obligaciones correspondientes a la Secretaría de Transporte y la Secretaría de Obras Públicas.
CÓMO SERÁ EL PAGO A LOS CONTRATISTAS
La cancelación se realizará mediante una canasta compuesta por tres títulos públicos capitalizables en pesos. Los instrumentos serán computados a su valor técnico correspondiente al día hábil anterior a la fecha efectiva de entrega.
La composición de la canasta será la siguiente:
- 33% en Lecap con vencimiento el 30 de octubre de 2026, cuya emisión podrá ampliarse hasta un valor nominal original de $60.000 millones.
- 33% en Boncap con vencimiento el 15 de enero de 2027, con una ampliación de hasta $51.000 millones de valor nominal.
- 34% en Boncap con vencimiento el 30 de abril de 2027, con una ampliación de hasta $60.000 millones de valor nominal original.
De esta manera, el Ejecutivo utilizará títulos de deuda del Tesoro para regularizar obligaciones pendientes con empresas contratistas, en lugar de efectuar una cancelación inmediata en efectivo.
AUTORIZARON LAS OPERACIONES NECESARIAS
La resolución también habilita a los titulares de la Oficina Nacional de Crédito Público, la Dirección de Administración de la Deuda Pública y otras áreas técnicas competentes a suscribir la documentación necesaria para instrumentar las operaciones.
La medida se enmarca en el mecanismo establecido por el Gobierno nacional para ordenar y cancelar las obligaciones pendientes vinculadas con contratos de obra pública e infraestructura.








