En una sesión que se extendió hasta la madrugada de este jueves y en medio de fuertes protestas en las inmediaciones del Congreso, el Senado otorgó media sanción al proyecto de reforma laboral impulsado por el gobierno de Javier Milei. La iniciativa ahora deberá ser tratada en la Cámara de Diputados, donde el oficialismo buscará convertirla en ley.
El texto aprobado introduce cambios profundos en las normas que regulan las relaciones laborales en el país. Entre los principales puntos, flexibiliza las condiciones de contratación, modifica el esquema de indemnizaciones por despido, establece nuevas reglas para la jornada laboral y redefine aspectos vinculados a la actividad sindical y la Justicia laboral.
Cambios en salarios e indemnizaciones
En materia de remuneraciones, el proyecto establece que los salarios deberán pagarse en dinero —en moneda nacional o extranjera— y elimina la posibilidad de utilizar billeteras virtuales, limitando el pago a entidades bancarias. Además, incorpora el concepto de “salario dinámico”, que podrá definirse por convenio colectivo, por empresa o incluso por decisión del empleador, vinculado al mérito o la productividad.
Respecto de las indemnizaciones por despido, se reduce la base de cálculo: ya no se incluirán conceptos como aguinaldo, vacaciones, propinas o premios. También se fija un tope equivalente a tres veces el salario promedio mensual del convenio aplicable. Los montos se actualizarán por inflación más un 3% anual y podrán abonarse en cuotas: hasta seis en grandes empresas y hasta doce en pymes.
Para financiar estos pagos se crean los Fondos de Asistencia Laboral (FAL), cuentas específicas e inembargables que deberán conformar los empleadores con aportes mensuales obligatorios. La contribución será del 1% para grandes empresas y del 2,5% para pymes, y la administración quedará bajo la órbita de la Comisión Nacional de Valores.
Jornada, vacaciones y enfermedades
La reforma habilita ampliar la jornada laboral diaria de 8 a 12 horas, siempre que se respeten 12 horas de descanso. También permite implementar bancos de horas o esquemas de compensación de horas extras por acuerdo entre empleador y trabajador.
En cuanto a las vacaciones, podrán otorgarse entre el 1° de octubre y el 30 de abril, con posibilidad de fraccionarlas en períodos no menores a siete días si ambas partes lo acuerdan.
En casos de enfermedades o accidentes no vinculados al trabajo, el trabajador percibirá entre el 50% y el 75% del salario básico durante un período determinado, según las circunstancias y si tiene personas a cargo.
Sindicatos y derecho de huelga
El texto mantiene el 6% de aportes patronales a las obras sociales sindicales. La cuota sindical continuará vigente, con un tope del 2% del salario mensual por dos años, mientras que los aportes a cámaras empresarias se limitan al 0,5%.
Además, se fijan porcentajes mínimos de funcionamiento durante huelgas: 75% en servicios esenciales y 50% en servicios considerados trascendentales. El proyecto amplía el listado de actividades alcanzadas y establece que las asambleas deberán contar con autorización previa del empleador.
Plataformas digitales y estatutos profesionales
La reforma crea una nueva categoría para trabajadores de aplicaciones, bajo la figura de “repartidor independiente”, aclarando que no se trata de una relación laboral sino de un contrato de servicio independiente.
También se dispone la derogación de cinco estatutos profesionales —periodista, viajante de comercio, peluquero, choferes particulares y operadores de radio/telegrafía— que quedará efectiva seis meses después de sancionada la ley.
Blanqueo laboral e incentivos
El proyecto incluye programas para promover la registración de empleo y regularizar relaciones laborales no declaradas. Se contempla la condonación de hasta el 70% de deudas por aportes y contribuciones, la baja del REPSAL y la extinción de acciones penales en determinados casos.
Además, se crea el Régimen de Incentivo a la Formalización Laboral (RIFL), que reducirá las contribuciones patronales al 8% por cada nuevo trabajador contratado bajo determinadas condiciones.
Cambios en la Justicia laboral y reforma tributaria
La iniciativa introduce modificaciones en la organización de la Justicia Nacional del Trabajo con el objetivo de avanzar en su traspaso a la órbita porteña. También establece que los acuerdos homologados tendrán valor de sentencia firme y fija topes a honorarios de abogados y peritos.
En el plano tributario, el Gobierno eliminó la reducción del impuesto a las ganancias para sociedades tras el reclamo de gobernadores. Se incorporan, en cambio, exenciones y reducciones en IVA e impuestos internos para distintos sectores, y se crea el Régimen de Incentivo para Medianas Inversiones (RIMI), con beneficios fiscales para pymes que inviertan en bienes de capital y obras productivas.
Tras la media sanción en el Senado, el debate continuará en Diputados, donde se definirá si la reforma se convierte en ley.





