Dólar financiero: la CNV limita las operaciones para inversores extranjeros
11/10/2023 Economía

Dólar financiero: la CNV limita las operaciones para inversores extranjeros

A través de la Resolución General 981/2023, el organismo regulador del Mercado de Capitales limitó la capacidad de operaciones de los inversores y de los bróker

6

La Comisión Nacional de Valores (CNV) limitó la operación de compra de dólar financiero para inversores extranjeros, tras un pedido expreso del Banco Central el 5 de octubre pasado. De esta manera, a través de la Resolución General 981/2023, el organismo regulador del mercado de capitales limitó la capacidad de operaciones de los inversores y de los brókers con el objetivo de controlar la especulación financiera en medio de la fuerte volatilidad que experimentan el MEP y el CCL.

El BCRA solicitó formalmente a la COMISIÓN NACIONAL DE VALORES (CNV) la implementación, en el ámbito de su competencia, de medidas alineadas con lo normado por dicho ente; a los fines de evitar las prácticas y operaciones elusivas detectadas en el ejercicio de sus facultades de fiscalización. Y que, en función de ello, “la CNV estableció dentro del ámbito de su competencia, en atención a las circunstancias excepcionales de dominio público y con carácter transitorio, diversas medidas con la finalidad de evitar dichas prácticas y operaciones elusivas, reducir la volatilidad de las variables financieras y contener el impacto de las oscilaciones de los flujos financieros sobre la economía real”.

La resolución agrega que el 5 de octubre de 2023, el BCRA puso en conocimiento a la CNV por falta de información (nombre y CUIT) en relación a un “número considerable y relevante de las personas que realizaron las operaciones” y, en virtud de ello, ha puesto de resalto que “… la información de un bróker del exterior no cumple con la normativa de este Banco Central, las divisas deben transferirse a una cuenta de un beneficiario final y no a la cuenta de un bróker…”, y que no se advertiría el debido “… cumplimiento de la Comunicación “A” 7340 al informar un bróker y no el beneficiario final, ni el punto 4 de la Comunicación “A” 7030 y complementarias”.

Dólar financiero: qué determinó la CNV
En ese marco, la CNV autorizó la modificación de las previsiones referidas al marco de actuación de los Agentes de Negociación (AN), Agentes de Liquidación y Compensación (ALyC) y del Agente Asesor Global de Inversiones (AAGI) de forma tal de limitar su actuación en la colocación primaria y en la negociación secundaria, en carácter de clientes de intermediarios y/o entidades radicados en el exterior regulados por Comisiones de Valores u otros organismos de control extranjeros.

Publicidad