Crecieron las quiebras de personas físicas en la pandemia
10/04/2022 Opinión

Crecieron las quiebras de personas físicas en la pandemia

El fenómeno de quiebras de personas físicas se acentuó en los dos últimos años en Paraná, afectando en mayor medida a empleados de la administración pública.

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La situación económica plantea un escenario con un proceso sostenido de inflación, una desaceleración de los salarios del empleo formal y cifras todavía elevadas de personas en condiciones de pobreza. Es una sencilla radiografía de una coyuntura mucho más compleja, que está dando cuenta de uno de los períodos con mayor brecha de desigualdad social. Son múltiples las posibilidades de abordar la problemática, como las variables económicas que pretenden reducir todo a meras cifras. Un disparador interesante es aquel que conduce hacia los expedientes de crisis que se tramitan en la Justicia entrerriana, tanto de concursos y quiebras como de ejecuciones, monitorios, secuestros prendarios y cautelares, entre otros. De acuerdo a informe elaborado por el Área de Planificación, Gestión y Estadística del Superior Tribunal de Justicia (STJ), solo en los cuatros juzgados especializados en la materia (dos en Paraná y los restantes en Concordia y en Concepción del Uruguay), se iniciaron entre febrero de 2020 y diciembre del año anterior 6.900 causas por monitorios, 2.994 causas por ejecuciones, 165 causas por concursos y quiebras y 96 por secuestros prendarios.

Si bien la mayoría de los procesos corresponden a ejecuciones y monitorios, a partir de la declaración de la pandemia de coronavirus se está dando un fenómeno en el marco de los procesos de concursos y quiebras: es notorio el crecimiento de las quiebras de personas físicas y humanas, quienes en su mayoría son empleados de la administración pública. “Las sigue habiendo y se han agravado, en el sentido de la cantidad de gente a la que se le hace imposible pagar regularmente sus deudas. De eso dan cuenta las estadísticas. Si bien hay mucha quiebra de personas física, aunque son pocos los concursos: puntualmente son salidas por las que han optado comerciantes, empresas y emprendimientos de mayor envergadura”, reseñó el titular del juzgado Nº 9 de Concursos y Quiebras de Paraná, Ángel Moia.

En entrevista con UNO, el magistrado realizó una aclaración importante: “No todos los que la solicitan, son declarados en quiebra. Es una medida radical, que altera la situación en lo individual y de los acreedores, pero se han ido abriendo otras alternativas de gestiones individuales, como medidas que propone la Ley de Defensa del Consumidor de revisar créditos, analizar intereses. Eso ha planteado la Cámara Civil de Concordia, donde no hay tantas quiebras de personas humanas y se está instando a probar otras alternativas menos complejas, por lo que significa la quiebra como solución colectiva para todos los acreedores”.

Una solución intermedia
La declaración de la quiebra de una persona jurídica o física, depara el comienzo de un litigio que muchas veces se prolonga demasiado en el tiempo. Es posible compararlo con una instancia de reorganización para que el deudor puede cumplir con sus compromisos. “Pero no resuelve el problema de fondo”, advirtió Moia.

Al compartir la experiencia de trabajo los juzgados de Concordia y de Uruguay, el magistrado destacó la implementación del cálculo de intereses, que en el caso de la quiebra, “tiene la resolución radicar de parar los intereses y liquidar el patrimonio, al incautar el 20% de los haberes. Con eso se paga. Hoy en Paraná estamos distribuyendo dividendos a los acreedores que se presentan, pagando los gastos de la quiebra. Entonces en contra de lo que generalmente se cree respecto a que las quiebras de personas humanas no llegan a pagar las deudas”.

Esta problemática ligada directamente con la crisis económica se ha acentuado en lo que va de la pandemia, y en cada caso se lleva a cabo un seguimiento del caudal de deudas, así como también se elabora un análisis tentativo del la fecha de inicio de la cesación de pago. “Hubo medidas adoptadas para paliar la pandemia, como las refinanciaciones de la tarjetas de créditos u otras cuestiones en el marco de un financiamiento que se ha vuelto muy caro; porque uno se pone a comparar las tasas de interés con períodos anteriores, y en su momento se pudo postergar los pagos de los saldos deudores de tarjetas de créditos, pero fijando una tasa. No era una refinanciación voluntaria y no sé hasta que punto conveniente, y eso repercute más adelante; y ese momento es ahora”, ilustró el juez.

En efecto, al modificarse un conjunto de variables económicas sumado al desconcierto que generó la emergencia sanitaria de la pandemia derivó en “se sumó un segundo problema que era saber qué pasa después. Y el qué pasa es que ‘todo nudo llega al peine’. Paraná es una ciudad que tiene marcada presencia en la economía de los salarios del sector público, un factor que no tienen ni Concordia ni Uruguay. Por hablar de las otras dos sedes que tienen juzgados concursales. Las quiebras tramitan en los otros juzgados de diferentes departamentos de la provincia en juzgados civiles comunes, que tienen pocos casos. En Paraná por esta especialidad que tenemos con respecto al sector público, hay muchos casos y eso nos permite tomar una muestra de cómo está funcionando la cadena de pagos local”.

Juzgados especializados
La reforma del Código Procesal dispuso la creación de juzgados especializados, lo cual contribuyó a descomprimir la concentración de causas en las diferentes jurisdicciones. Desde ese momento los concursos, quiebras, ejecuciones que antes pertenecían a la órbita de los mismos juzgados que atendían casos de Familia, pasaron a tramitarse exclusivamente en cuatro dependencias: en el Departamento Paraná, los Civiles y Comerciales Nº 9 y Nº 10; en Uruguay el Nº 3 y el Nº 5 de Concordia.

El perfil común de las personas físicas que declaran la quiebra muestra en su mayoría a trabajadores de reparticiones públicas provinciales y municipales “sin una educación financiera del consumidor de que son las tasas, en el sentido de cuánto vale el bien hoy y cuánto vale financiado, y cuánto tiempo va a quedar uno sujeto a ese pago. Va a tener que pensar que ya hay un débito fijo que abulta lo que vaya descontándosele, más algunas situaciones. He tenido de casos de personas con enfermedades, que han tenido sobresaltos que distorsionan o rompen la ecuación que uno pueda tener. Uno de los problemas que hay, que se observa más del lado del derecho del consumidor es la excesiva facilidad que hay para el acceso al crédito, sin poder conocerlo ni manejarlo acabadamente”.

Moia entendió que esa es la puerta de entrada a un conflicto más complejo para los consumidores. Al repasar su experiencia en los diferentes expedientes abordados, sostuvo que “el primer tropiezo trae aparejado una refinanciación, que implica cerrar un paquete con lo que se debe y proyectar con un abultamiento muy grande en una situación de mercado de mucha volatilidad. Y esa volatilidad quiere decir incremento de intereses, incremento de gastos, en cuentas no siempre muy claras. El deudor lo piensa en la magnitud de un monto de dinero, pero cuando se debe hacer la conversión en base al porcentaje. Y los tantos pesos de hoy pueden cambiar en función del porcentaje que va proyectándose en el tiempo. Se piensa ‘hoy lo puedo pagar, total son 12 cuotas, lo que equivale a 12 meses y la tasa variable es algo que no se analiza. Eso suele generar bastantes dolores de cabeza”.

Moia explicó que esta realidad socioeconómica expone un “emergente más de un retraso salarial con un mercado financiero muy volátil y mucha facilidad de acceso a un crédito que a veces uno no sabe si se tomaron esos créditos desde la perspectiva de poder pagarlos. En los contratos hemos observado que no se analiza la posibilidad de repago. Hay quiebras que hemos rechazado porque hay otras herramientas que no son la quiebra que pueden resolver el problema”.

“Han quebrado dos veces”
Si bien fueron los menos, pero se han dado casos de personas que han quebrados por duplicado. En el proceso de quiebra de particulares se debe tener en cuenta que la Justicia queda habilitada para liquidar todo el patrimonio de esa persona. Por ejemplo, al revisar la disponibilidad de bienes muchas veces se encuentra que una persona heredó una parte de una propiedad familiar. “Eso es subastable. Al pedir voluntariamente la quiebra está diciendo que se liquide; la mayoría tiene solamente su salario. Pero la idea de la quiebra es liquidar el patrimonio para pagar la deuda. Si bien es cierto que hay pocos acreedores que se presentan por el grado de avance de los pagos que hay, con financieras, cooperativas de crédito y demás”.

En cuanto a lo que se consume se observa que muchas personas prestan su acceso al crédito a otros familiares y son frecuentes las compras en cuotas de bienes duraderos, como heladeras, hornos microondas y hornos eléctricos. “Son bienes que hacen a la posibilidad de mantenimiento y consumo cotidiano. Cada administración pública tiene un corte de ingreso que permite ver que es lo que se consume”, subrayó.

Fuente: Uno

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