El Gobierno autorizó a las empresas de medicina prepaga a aumentar sus tarifas en marzo y abril, con un incremento del 12 por ciento dividido en dos cuotas
La medida dispuesta a través de la Resolución 459/2022, establece “incrementar, desde los meses de marzo y abril de 2022, los valores retributivos de las prestaciones médico-asistenciales brindadas a sus beneficiarios y usuarios por los prestadores inscriptos en el Registro Nacional de Prestadores de la Superintendencia de Servicios de Salud, en un porcentaje similar a la Cláusula de Revisión de la Paritaria 2021 negociada entre los prestadores mencionados y la Federación de Asociaciones de Trabajadores de la Sanidad Argentina (FATSA)”.
La cartera de Salud consideró “razonable autorizar aumentos generales, complementarios y acumulativos de aquel que ha sido aprobado para el mes de enero de 2022”, que alcanzaba una suba del 9 por ciento.
El Gobierno detalló entre los motivos expresados en la resolución los efectos que produjo la pandemia expresando que con “las medidas adoptadas se produjo una limitación en la circulación de las personas, con el consecuente impacto en la economía, afectando a las empresas, a las actividades independientes y al empleo, del cual no resultaron ajenos el sistema sanitario y sus actores”.
En ese sentido, señalaron que “la merma en la actividad productiva, consecuencia inevitable de pandemia, se ve reflejada en la recaudación tributaria y, consecuentemente, en los recursos destinados a los Agentes del Seguro de Salud, en momentos en los que este sector resulta clave para minimizar los impactos de la pandemia y brindar la debida atención de sus beneficiarios”.
A partir de eso, indicaron que “con el objeto de prevenir tales efectos y garantizar el adecuado servicio de los sanatorios, clínicas y demás prestadores de salud que atienden a los beneficiarios de la seguridad social durante la pandemia de Covid- 19, el Ministerio de Salud ha instruido a la Superintendencia de Servicios de Salud a otorgar diversos apoyos financieros de excepción a los Agentes del Seguro de Salud”.
La resolución explica que la medida surge a partir del “análisis efectuado sobre la evolución de los incrementos de costos del sector desde la fecha del último aumento de cuotas autorizado y considerando especialmente los acuerdos salariales paritarios alcanzados recientemente”, que permiten concluir “que resulta necesario promover la autorización de nuevos aumentos que permitan garantizar un adecuado financiamiento para afrontar tales costos y mantener la calidad de servicios prestados”.
Asimismo, se tuvo en cuenta que “las entidades representativas del sector han expresado en forma reiterada su preocupación por el estado crítico en que se encuentran la mayoría de los prestadores, enfatizado la necesidad de incrementar los valores retributivos que perciben por las prestaciones que brindan, a fin de paliar dicha situación y garantizar su continuidad”.
Las empresas deberán “informar a los usuarios los incrementos que se registrarán en el monto de las cuotas con una antelación no inferior a los 30 días corridos, contados a partir de la fecha en que la nueva cuota comenzará a regir”.